Sanción de la Conmebol a Boca-bbcenespañol.com

El organismo rector del fútbol sudamericano aplicó una multa al club por una infracción de disciplina deportiva y lo advirtió en caso de reincidencia. Acá, todos los detalles.

La Unidad Disciplinaría de la Conmebol dio a conocer una serie de sanciones a distintos clubes en los últimos partidos disputados antes de la postergación de la competencia y entre ellos apareció Boca​, por una infracción de disciplina deportiva en el último encuentro frente a Deportivo Independiente Medellín en la Bombonera, disputado el martes 10.

La sanción de la Conmebol es una multa de 5.000 dólares que serán descontados directamente de los derechos de televisión y a la vez advierte al club que en caso de reincidencia aplicará el artículo 31 del Código Disciplinario, por el cual estaría sujeto a una sanción mayor.

"Fue por bengalas y bombas de humo", especificaron sobre los motivos de la sanción.

También fueron sancionados los clubes Liga de Quito, Wilstermann, Junior, Colo Colo, DIM, Cerro Porteño, Palestino, Defensa y Justicia, Atlético Tucumán, Inter de Porto Alegre, Guaraní, Barcelona y Corinthians.

En la edición pasada de la Libertadores, Boca recibió fuertes sanciones en los cuartos de final ante Liga de Quito por no entregar a la confederación las entradas de protocolo indicadas y previo a las semifinales por no participar de la reunión de coordinación previa al superclásico copero.

 

El fallo completo:

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL, RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio", dice el fallo publicado en la web de la entidad sudamericana.

2º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

3º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso.

 

 

Fuente: www.ole.com.ar/