La Cámara Federal revocó la orden de investigar las llamadas que Macri y sus funcionarios hicieron durante tres años y medio-bbcenespañol.com

El fallo ordenó que la jueza Servini delimite el período de análisis de esas comunicaciones sobre los hechos que, a su modo de ver, sean cruciales para la investigacion. Fuerte recomendación para evitar filtraciones.

La Cámara Federal revocó hoy la orden de la jueza María Servini de analizar las llamadas telefónicas del ex presidente Mauricio Macri y un grupo de funcionarios entre el 1 de enero del 2016 y el 31 de agosto del 2019, revelaron fuentes judiciales. Los jueces Martín Irurzun y Lepoldo Bruglia entendieron que se trataba de un período excesivo de tiempo que supera “los límites que razonablemente permite el objeto” de la acusación e implica afectar sin justificación “derechos individuales y esferas de la actuación ajenas a la incumbencia” de la justicia.

Así, los camaristas le ordenaron a la jueza que dicte un nuevo decreto para llevar adelante la diligencia. La instaron a que esas comunicaciones se analicen cuando la jueza delimite “los momentos que, a su modo de ver, resuelten relevantes” para la causa que investigue. Además, hicieron una fuerte advertencia para que cuando se obtengan esos resultados, se destruyan y/o no se filtren las comunicaciones que se tengan que ver con esta investigación.

Se trata de la causa que investiga si el ex presidente Mauricio Macri y varios de sus ex funcionarios formaron una asociación ilícita para apoderarse del Grupo Indalo por su línea editorial, según la denuncia que radicó el empresario Fabián De Sousa.

Se dispuso así que la DAJUDECO –la oficina de la Corte Suprema- analizarara el cruce de llamadas de Mauricio Macri, José María Torello, Nicolás Caputo, Fabián Rodríguez Simón, Mario Quintana, Javier Iguacel, Alberto Abad y Leandro Cuccioli, y los empresarios Martín Rappallini, Orlando Terranova e Ignacio Rosner. También quiere saber desde dónde se activaron esos teléfonos.

La defensa de Rodriguez Simón, Macri, Quintana y Torello plantearon su impugnaciones ante la propia Servini, que la semana pasada las rechazó. Pero también ante la Cámara Federal, superior de la jueza. Allí llevaron tres quejas por apelación denegada contra el decreto que ordenaba identificar las llamadas del ex presidente y sus funcionarios, y también reclamó la nulidad de la decisión.

Tras analizar la causa, los jueces decidieron “hacer lugar a la queja interpuesta por las defensas, declarar mal delegada y conceder la apelación” y resolvieron “revocar lo ordenado mediante el decreto encomendara que se proceda de acuerdo a lo encomendado”.

La Sala II hizo notar que según su jurisprudencia propia, la de la Corte Suprema y la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “las pruebas ordenadas en el juicio penal se atengan a pautas de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad” y “la derivación más clara de dichas reglas es la obligación de que las medidas se correspondan al objeto procesal concreto y definido del caso en que tocó intervenir”.

Además, le ordenó a Servini: “ni bien se produzcan los primeros resultados desde las dirigencias elaboración de los dictados de las llamadas de los abonados individualizados, esa información será recibida únicamente por el juzgado para que la directora del proceso está en condiciones de determinar cuáles datos son ajenos al legajo imponiendo su eliminación y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas”.

Al impulsar la investigación, el fiscal Guillermo Marijuán describió, en base a la denuncia de De Sousa, que se investigan “diferentes sucesos que habrían tenido lugar a partir del año 2015 y que habrían implicado el ejercicio de presiones a partir de actos públicos, mediante notas periodísticas, y en la esfera privada, a través de reuniones en las que habrían participado quienes entonces eran funcionarios del Poder Ejecutivo (incluso el ex Presidente de la Nación)”.

 

 

 

 

Fuente: www.infobae.com/